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Sobre nosotros
Ruay Montenegro & Rodríguez - RMR Laboral - es un estudio boutique, especializado en Derecho del Trabajo. Combinamos experiencia y dinamismo para brindar soluciones legales a la medida.
- Sitio web
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- Sector
- Servicios jurídicos
- Tamaño de la empresa
- De 2 a 10 empleados
- Sede
- 1001, Coronel Pereira 62
- Tipo
- Empresa propia
- Especialidades
- derecho laboral
Ubicaciones
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Principal
Coronel Pereira 62
1001
1001, Coronel Pereira 62 7580064, CL
Empleados en RMR LABORAL
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Valeria Barría
Lingüista | Editora legal en RMR Laboral
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María Francisca Montenegro
Socia de RMR Laboral I Abogada especialista en Derecho del Trabajo y la Seguridad Social | Asesoría Integral a Empresas | Experta en Investigaciones…
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Francisco Alberto Ruay Sáez
Socio de RMR Laboral | Abogado especialista en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social | Profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad…
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Isaías Oscar Rodríguez Reyes
Socio en RMR Laboral. Abogado especialista en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Profesor Derecho UC. Asesoría a empresas…
Actualizaciones
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📢 Hoy, Radio Cooperativa, analiza el margen de acción que tienen los empleadores frente a licencias médicas dudosas. Nuestra socia María Francisca Montenegro analiza sobre el tema. ¿Qué te parece? https://lnkd.in/gDB-mxyV
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📢 Los dejamos a todos invitados al conversatorio "Contrapuntos de última jurisprudencia laboral" de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile, sobre "Nulidad del despido cuando la asignación es declarada remuneracional en sentencia " ha realizarse este jueves 29 de mayo. ▶️ Expositores: - Carlos Gutiérrez de Torres - Patricia fuenzalida ▶️ Moderador: Nuestro socio Isaías Oscar Rodríguez Reyes
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El día de mañana estaré compartiendo algunas reflexiones ético jurídicas en las I Jornada Internacional sobre el fenómeno de la IA, "La revolución de la IA y sus fronteras éticas" RMR LABORAL
🔍 Día 2 – Martes 27 de mayo La reflexión continúa en la I Jornada Internacional sobre el Fenómeno de la Inteligencia Artificial, organizadas por el Centro Interdisciplinario en Ética, Política y Economía y la Info Kratos Fundación. 🎯 Tema central: "La revolución de la IA y sus fronteras éticas" Este segundo día nos adentra en las relaciones de la IA con el derecho, las ciencias sociales, la ética del trabajo y la investigación académica. 🧭 Programa Día 2 – Martes 27 de mayo: 🔹 10:00 (CHI) – Charla magistral 🗣️ Dr. Miguel Angel Fernández (Faro UDD): 💬 “Phronesis generativa: un marco para problematizar la adopción de IA en sistemas educativos” 🔹 11:15 – Mesa 4: IA y Derecho Con ponencias sobre justicia penal digital, transparencia algorítmica, nulidad canónica y más. 🔹 13:40 – Mesa 5: IA y Ciencias Sociales Temas: antropología forense, neuroética, crítica sociotécnica y riesgos de tecnologías no reguladas. 🔹 15:30 – Mesa 6: IA y Sociedad Aborda el trabajo, la brecha digital, la ética del acompañamiento y la dimensión antropológica de la IA. 🔹 17:00 – de Expertos 🎓 Tema: "El impacto de la IA en los procesos de investigación" Participan: ▪️ Dr. Hugo Tapia Silva ▪️ Dr. Cristhian Almonacid Díaz ▪️ Dr. Marcelo Correa Schnake Facultad de Ciencias Religiosas y Filosóficas UCM 🔗 Enlace Zoom para el Día 2: 👉 https://lnkd.in/euuKRARe 🆔 ID: 832 6793 7873 | 🔐 Código: 763012 🔗 Programa completo: https://lnkd.in/da9skFcw 🌎 Participan investigadoras e investigadores de México, Ecuador, Chile, Colombia, Perú y España. ¡No te lo pierdas!
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📢 Nuestro socio Francisco Alberto Ruay Sáez, éste 27 de mayo de 2025, será parte de la I Jornada Internacional sobre el Fenómeno de la IA, "La revolución de la IA y sus fronteras éticas", las cuales se desarrollarán desde el 26 de mayo al 28 de mayo de 2025. 💡 Los dejamos cordialmente invitados!
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⚖ Reclamos de multa. Sobre el artículo 10 Nº3 del CT. 🔴 Contenido mínimo del contrato de Trabajo. Determinación del lugar de trabajo. 📌 Sentencia de Corte de Apelaciones de Rancagua ( Rol 856-2024 ) (06 de mayo de 2025) acoge recurso de nulidad interpuesto por la empresa reclamante, dejando sin efecto multa cursada por Inspección del Trabajo. 👇 La Inspección Provincial del Trabajo cursa una multa fundada en el artículo 10 Nº3 del Código del Trabajo, por no contener el contrato la estipulación referida al lugar o ciudad en que hayan de prestarse los servicios. ⚡️La cláusula segunda del contrato indica “ Que el trabajo se realizará en la sexta región”. Siendo el cargo de “Lector Repartidor”. 👇 El reclamo judicial fue interpuesto por una empresa del giro servicios externos. Es una contratista de empresas de servicios básicos para la lectura de medidores, servicio se presta en la vía pública, pasando por cada uno de los domicilios dentro del área de concesión de la misma. 📚 Art.10 inc. final.- Si por la naturaleza de los servicios se precisare el desplazamiento del trabajador, se entenderá por lugar de trabajo toda la zona geográfica que comprenda la actividad de la empresa. Esta norma se aplicará especialmente a los viajantes y a los trabajadores de empresas de transportes. La sentencia de Corte de Apelaciones establece: ✅ La Corte concluye que la labor requiere de desplazamiento para su natural prestación, debiendo darse aplicación al artículo 10 inciso final del Código del Trabajo. Estima que se hace necesario el traslado de los trabajadores para las funciones que fueron contratados. ✅ La sentencia de reemplazo comprende que lo estipulado brinda certeza y es conocido por los trabajadores, puesto que, atendido la naturaleza de los servicios, el lugar donde estos se realizan es dentro de la región. Recuerda lo establecido en el artículo 12, en cuanto a que, el empleador dispone de una facultad excepcional para modificar unilateralmente la naturaleza de los servicios o el lugar en que ellos deban prestarse, a condición de que, en cada caso, se cumplan las exigencias legales respectivas. ✅ En cuanto al menoscabo producido a los trabajadores que refería la sentencia de instancia, donde se denuncian una serie de hechos en que incurriría la reclamante, la Corte define omitir pronunciamiento, toda vez que se tratan de otros hechos no contenidos en la multa, en la reclamación de resolución de multa. RMR LABORAL #reclamosdemulta #direccióndeltrabajo #jurisprudencia